lunes, 3 de diciembre de 2012

LA CONFESION



La Confesión 
              Se entiende como una prueba legal, cuya valoración no está dada a la libre apreciación del juez, sino que la misma ha sido otorgada por el legislador, el cual, partiendo de consideraciones de normalidad general, fija en abstracto el modo de entender determinados elementos de decisión, sustrayendo esta operación lógica a aquella que el juez cumple para formar su convicción, y al mismo tiempo, la confesión exime de prueba al hecho confesado.

Rivera Morales, Rodrigo
´´Una declaración que hace una parte sobre un acto propio vinculado a una determinada relación jurídica que es desfavorable a su interés o del conocimiento que tiene de actos ajenos que son opuestos a sus pretensiones o que son favorables a la contra parte´´
De una manera más sencilla, podemos entender la confesión como lo hace el ilustre Rengel 

Romberg, Aristides:
             Da una definición más comprensiva que incluya no sólo la estructura de la confesión, sino también su función propia, la cual es: 
´´La confesión es la declaración que hace una parte, de la verdad de hechos a ella desfavorables afirmados por su adversario, a la cual la ley atribuye el valor de plena prueba´´

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